COPA DEL MUNDO

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JUNIO - JULIO 2010

lunes, 9 de agosto de 2010

CANDIDATO FUE PROCESADO POR ESTAFA!!!!!!!!!

El dinero fue entregado en el despacho del propio alcalde, según los implicados en la denuncia, a Jorge Salazar quien a su vez entregó el dinero al ex alcalde Zevallos, quien firmó en el reverso del recibo Nº 001167.

Durante la investigación, además, se conoció que el informe Nº 009 de la contadora Ana Isabel Jaen señalaba que el 22 de julio nunca ingresó el dinero prestado a las arcas municipales. De este informe habría intentado cogerse la ex autoridad para evadir su responsabilidad. En todo momento Zevallos negó el préstamo otorgado a la municipalidad mientras que todos los exfuncionarios afirman que los recibió en sus propias manos.

Sin embargo, la pericia científica efectuada al recibo donde obra la firma de Charles Zevallos desbarató su negativa y se confirmó que la misma fue efectuada por el propio denunciado. Además, se consignó en el informe de Isabel Jaen como si los cheques del Banco Wiesse entregados a Jorge Boullosa el 22 de julio figura con fecha 19 de julio. Se habría tratado de ocultar la deuda contraída por la Municipalidad Distrital de Punchana con Jorge Boullosa Chávez.
La investigación policial concluyó que Charles Zevallos resultaría ser el presunto autor del delito cometido por funcionarios públicos –abuso de autoridad y peculado, retardo ilegal de pagos en agravio de Jorge Boullosa-. Además al haber mantenido en error, por la recepción de 132 mil 700 nuevo soles sin mediar otro documento que un recibo de la municipalidad, aceptando esta suma de dinero y girar cheques como garantía por el monto entregado se encontraría incurso en el delito contra el patrimonio en la modalidad de estafa.

La sentencia

El 6 se setiembre del 2004 el Segundo Juzgado Penal de Maynas, que despachaba Jorge Panduro Reyes, emitió la resolución condenatoria contra Charles Mayer Zevallos Eyzaguirre. En uno de los puntos de la resolución el juez determina que todas las pruebas analizadas dan suficiente convicción para dictar esa medida, pues está acreditada la comisión de los delitos y la responsabilidad del acusado.

Zevallos fue sentenciado por los delitos contra el patrimonio–estafa y contra la administración pública–abuso de autoridad y omisión de rehusamiento o demora de actos funcionales en agravio de Jorge Adolfo Boullosa Chávez y del Estado, imponiéndole una pena privativa de la libertad de tres años, suspendida su ejecución por un plazo de un año y al pago de una reparación civil de 25 mil nuevos soles a Jorge Boullosa y 10 mil nuevos soles al Estado.

El 2 de diciembre del año 2004 la Sala Penal emitió sentencia, respecto al caso, ratificando lo que en primera instancia determinó el Segundo Juzgado Penal. La resolución lleva la rubrica de los entonces magistrados Cueva Zavaleta, Pérez Fuentes y Becerra Urbina.

El 4 de mayo del año 2005 la queja interpuesta por Jorge Boullosa fue resuelta por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia declarándola improcedente. Esta decisión se debió a que no hubo irregularidades en el proceso que se le siguió a Zevallos Eyzaguirre. En términos legales Zevallos fue sentenciado por el delito de estafa y otros.

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